Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE) investigar el supuesto reparto masivo de acordeones durante la elección judicial federal en el estado de Nuevo León, presuntamente orquestado por el partido Movimiento Ciudadano.
Quienes votaron a favor del proyecto de sentencia SUP-REP-199/2025 fueron las magistradas Mónica Soto (presidenta de la Sala) y Janine Otálora (ponente del asunto), así como de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón.
De esta forma, el Tribunal Electoral revocó un acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE que determinó no iniciar un procedimiento sancionador en contra de Movimiento Ciudadano al argumentar que, “en términos del marco jurídico que rige las elecciones judiciales, los partidos políticos tienen prohibido intervenir en el proceso electoral”.
Este asunto inició luego de que el Partido Acción Nacional (PAN) presentó una denuncia en contra de Movimiento Ciudadano por una supuesta injerencia en la elección judicial federal, en la que partido naranja supuestamente habría usado recursos públicos y dispuesto de su militancia para realizar actos de campaña, lo que a consideración del partido albiazul se tradujo en la orquestación un “fraude en el proceso electoral”.
El hecho que motivó la denuncia fue que el coordinador estatal del partido MC en Nuevo León, quien también es diputado local, habría publicado la foto de un acordeón en sus redes sociales, lo que según distintas notas periodísticas tendría relación con el reparto masivo de acordeones en la elección de dicho estado.
Sin embargo, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE determinó no iniciar un procedimiento especial sancionador y su principal argumento fue que, “en términos del marco jurídico que rige las elecciones judiciales, los partidos políticos tienen prohibido intervenir en el proceso electoral”.
En contra de esa determinación, el PAN acudió a la Sala Superior del Tribunal Electoral con la intención de que se ordenara a la Unidad Técnica de lo Contencioso investigar y dar trámite a su queja.
Al llegar el asunto al Tribunal Electoral, el expediente fue remitido a la ponencia de la magistrada Janine Otálora, quien formuló un proyecto de sentencia en el que propuso darle la darle la razón al PAN y ordenar a la Unidad Técnica de lo Contencioso admitir la denuncia y sustanciar el procedimiento respectivo.
“Esto es una cuestión de interés público y los procedimientos sancionadores son simplemente el mecanismo diseñado para alcanzar dicho fin. Y dado que se trata de procedimientos de interés público, cuyo objetivo es ofrecer condiciones para el ejercicio de los derechos de participación política, el INE no puede excusarse de investigar posibles infracciones electorales si existen elementos de su probable comisión”, señaló durante la sesión pública del Tribunal.
Además, explicó que debido a que fue un partido político el que denunció a otro partido político, sin impugnar candidaturas en particular, es que se pudo admitir a trámite el asunto por una indebida injerencia en el proceso electoral.
Al posicionarse a favor de la propuesta, la magistrada presidenta Mónica Soto señaló que la autoridad responsable no hizo ningún ejercicio de investigación de tipo preliminar e incluso certificación a fin de obtener elementos suficientes para estar en condiciones de determinar si los hechos denunciados pueden o no constituir un ilícito electoral.
El magistrado Reyes Rodríguez señaló que la Unidad Técnica de los Contencioso Electoral del INE incumplió con su obligación de investigar los hechos denunciados de manera exhaustiva, incluso a pesar de que tiene la obligación de investigar de oficio toda conducta que pueda transgredir la normativa electoral, más si se trata de un posible uso indebido de recursos públicos y la posible intromisión de los partidos políticos en la elección judicial.
“La denuncia presentada se basa en notas periodísticas publicadas en el periódico El Norte, que aporta una serie de indicios y circunstancias de tiempo, modo y lugar suficientes para iniciar una investigación sobre posibles irregularidades denunciadas con la distribución de acordeones en la elección judicial y la posible operación de un partido político, Movimiento Ciudadano, para inducir el voto por ciertas candidaturas”.
Concluyó que el INE, con base en los elementos contenidos en los reportajes periodísticos, debe emplear sus facultades de investigación para allegarse de mayores elementos y esclarecer los hechos denunciados, presentando ante la Sala Especializada del Tribunal Electoral el resultado de su investigación para que resuelva en definitiva.