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Sala Superior del TEPJF confirma violencia política de género contra candidata Olivia Aguirre
Sala Superior del TEPJF confirma violencia política de género contra candidata Olivia Aguirre
Fotografía: Facebook Olivia Aguirre Bonilla
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Sala Superior del TEPJF confirma violencia política de género contra candidata Olivia Aguirre

Olivia Aguirre denunció que durante su campaña electoral usaron fotos privadas y las manipularon para sexualizarla
17 de junio, 2025
Por: Luz Rangel

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que existió violencia política de género contra Olivia Aguirre Bonilla, candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) originaria de Chihuahua y quien denunció que durante su campaña electoral, usaron fotos privadas y las manipularon para sexualizarla.

El 4 de abril, Aguirre Bonilla interpuso una denuncia ante el Instituto Nacional Electoral (INE) contra quien resultara responsable por tomar de su perfil personal de Facebook al menos cuatro fotografías que difundieron como si fueran parte de su campaña como candidata y fueron publicadas el 3 de abril en Plan de Vuelo

El 20 de mayo de 2025, la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que Luis Rubén Maldonado Alvídrez incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante una publicación en el medio digital Plan de Vuelo. Por ser el propietario de dicho medio, le fue impuesta una multa de 11 mil 314 pesos, pero él impugnó la sentencia el 24 de mayo. 

El TEPJF determinó que la difusión de la publicación –denunciada por Olivia Aguirre Bonilla– configura violencia simbólica, digital, psicológica y sexual en el marco del ejercicio de derechos político-electorales, tras realizar un análisis integral y contextual, considerando todos los elementos de la publicación en su conjunto y el contexto de campaña.

Sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que confirma la dictada por la Sala Regional Especializada en el procedimiento SRE-PSC-29/2025, mediante la cual se declaró la existencia de violencia política por razón de género cometida por el recurrente en contra de la denunciante y le impuso una multa como sanción, así como diversas medidas de reparación”, se lee en el documento. 

¿Por qué el TEPJF determinó violencia política de género?

En su análisis del contenido textual, la Sala Regional Especializada analizó expresiones tales como “atrevidas” y “gancho” y específicamente la frase “intenta llamar la atención”. Concluyó que formaba parte de la narrativa para plantear que la denunciante buscaba atraer al electorado mediante el uso de su cuerpo. 

Respecto a las imágenes utilizadas, la Sala destacó que “fueron editadas para incrustarles el logotipo de campaña, sin que existieran elementos que indicaran que ella misma las hubiera empleado con fines proselitistas”. 

Con respecto a violencia simbólica, la Sala Regional Especializada determinó que la publicación tiene como fin dar a conocer que la candidata utilizó “imágenes de su cuerpo para obtener un rédito electoral, lo cual impacta en la percepción social sobre lo que las mujeres pueden aportar en política y lo reduce al simple uso de su cuerpo para el convencimiento”.

Con relación a la violencia digital y mediática, la Sala Regional Especializada consideró que la publicación fue difundida en un medio de comunicación digital y existió una búsqueda de información personal en las redes de Olivia Aguirre Bonilla. 

Acerca de violencia psicológica, la Sala Regional Especializada reconoció que el hecho de que se haya posicionado la idea de que su valía en el marco de la competencia electoral se limita a su cuerpo pudo generar afectaciones.

La violencia sexual fue por sexualizar su cuerpo con la finalidad de demeritar su capacidad para competir en el proceso electoral en el que participaba como candidata a ministra de la SCJN. 

“Las expresiones periodísticas denunciadas constituyen violencia política en razón de género y no están protegidas por la libertad de expresión”, resolvió el TEPJF.

Sala Superior del TEPJF confirma violencia política de género contra candidata Olivia Aguirre
Fotografía: Olivia Aguirre

¿Por qué impugnó Maldonado Alvídrez?

En su impugnación, Luis Rubén Maldonado Alvídrez, responsable de Plan de Vuelo, sostiene que no se le debió sancionar. Alegó que la Sala Regional Especializada no analizó exhaustivamente la publicación ni su contexto y argumentó que no se acreditó la “real malicia” o “malicia efectiva”, es decir, la intención de dañar a la denunciante Olivia Aguirre Bonilla. 

Y aunque refirió que él no realizó la edición de las imágenes, la Sala Superior del TEPJF consideró que la responsabilidad de usarlas para generar contenido y las expresiones utilizadas sí evidencian un ánimo de construir una narrativa. 

“La creación de evidencia falsa mediante la edición de fotografías que el denunciante extrajo del perfil público de la denunciada, las cuales no estaban siendo utilizadas como parte de su campaña, demuestra un conocimiento indudable de la falsedad de la información difundida.

“No estamos ante un error de apreciación o una mera negligencia en la verificación de hechos, sino ante la fabricación deliberada de elementos para sustentar la narrativa de que utilizaba su cuerpo para posicionarse electoralmente. Cuando se editan imágenes para agregar elementos que no existían originalmente (su logo de campaña), no puede alegarse desconocimiento o error”, se lee en la sentencia.

Durante el procedimiento, señala la sentencia, se respetaron todas las garantías procesales de Luis Rubén Maldonado Alvídrez y la Sala responsable aplicó correctamente los estándares y metodología de la Jurisprudencia 21/2018, bajo un juicio de perspectiva de género. 

Para saber más: Ataques en redes, la violencia política de género más denunciada ante el INE

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¿Cuáles son las sanciones y medidas de reparación? 

Además de la multa equivalente a 11 mil 314 pesos, el TEPJF determinó que Luis Rubén Maldonado Alvídrez debe estar inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas y en el Catálogo de Sujetos Sancionados por Procedimientos Especiales Sancionadores.

Como medida de reparación, se le ordenó ofrecer una disculpa pública a Olivia Aguirre Bonilla que deberá publicar en Plan de Vuelo en 15 días naturales. 

Finalmente, Maldonado Alvídrez debe realizar un curso orientado a la promoción y protección de los derechos de las mujeres.

 

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Imagen BBC